El ajuar doméstico: cómo y quién se queda los objetos del fallecido
Cuando se tramita una herencia se suele centrar la atención en los bienes valiosos como los inmuebles, los vehículos o los valores financieros. Existen otros objetos que forman parte de la masa hereditaria que están más ligados al aspecto emocional que al material. Se trata de los bienes privados del fallecido: ropa, muebles, electrodomésticos y otros enseres personales que pueden tener valor económico pero que su valor viene por el lado moral.
¿Cómo se reparte el ajuar doméstico en una herencia?
Nuestro Código Civil en su artículo 1321 reza:
Fallecido uno de los cónyuges, las ropas, el mobiliario y enseres que constituyan el ajuar de la vivienda habitual común de los esposos se entregarán al que sobreviva, sin computárselo en su haber.
No se entenderán comprendidos en el ajuar las alhajas, objetos artísticos, históricos y otros de extraordinario valor.
Como vemos, se trata de bienes sin extraordinario valor que se encuentran más en el campo de la utilidad diaria y del recuerdo. Como puede ser la ropa, los libros, el mobiliario, joyas normales, electrodomésticos, los objetos de decoración y los bienes más íntimos del causante.
En ausencia de cónyuge superviviente, corresponde a los herederos recibir el ajuar. A falta de disposiciones testamentarias que especifiquen su distribución, son los herederos los que se tienen que poner de acuerdo para su reparto. Cada heredero obtendrá partes del ajuar correspondiente a su cuota. El problema radica en determinar qué objetos obtiene cada uno.
En este punto, pueden surgir disputas y conflictos familiares sobre cómo se distribuirán estos bienes específicos entre los herederos. En tales casos, es importante recordar que el objetivo principal es alcanzar una distribución equitativa que respete los deseos y necesidades de todos los involucrados, y especialmente los del difunto. La comunicación abierta y la consideración mutua son fundamentales para lograr un acuerdo satisfactorio en relación con el ajuar doméstico.
Si no hay acuerdo, la última opción es tasar económicamente los bienes y repartirlos según la distribución hereditaria que corresponda.
Planificación en el testamento sobre el ajuar doméstico
Dada la importancia sentimental y emocional del ajuar doméstico, es recomendable que las personas consideren la planificación de sucesiones con anticipación. Redactar un testamento claro y completo puede asegurar que los bienes familiares sean asignados según los deseos del fallecido. De esta manera, se evitan posibles disputas y se garantiza la protección adecuada del ajuar doméstico.
El testador debe especificar qué objetos serán distribuidos entre determinados herederos y legatarios. Teniendo en cuenta que por su valor no financiero no afecta al reparto legítimo y mínimo de los bienes, no impera ninguna regla sobre su disposición distribuitiva. Es decir, el testador podría dejar los bienes a quien le plazca, siempre que no exista cónyuge que le sobreviva. Y aún con el precepto del Código Civil citado, determinados objetos podrán ser legados libremente sin que tengan que acabar necesariamente en posesión del cónyuge.
Conviene pues, confeccionar una lista de los bienes sentimentalmente preciados para distribuir entre los herederos y legatarios, a fin de incorporarlo al testamento.
El ajuar doméstico en el impuesto de sucesiones
La regla actual es incorporar a la base para calcular la cuota tributaria un 3% del valor de viviendas y vehículos, que son los que a la postre podrían contener el ajuar dómestico.
No deja de ser injusto este cálculo, ya que hay viviendas que contienen valor cero en su interior y que en muchas ocasiones los herederos se deshacen totalmente de todo el interior para su reforma. Es posible revocar esta valoración tributaria mediante solicitud de recálculo, siempre con justificación.
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