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Mejora de herencia
La mejora es la posibilidad de la que goza el testador de adjudicar -adicionalmente- a uno, o a varios, de sus descendientes herederos bienes pertenecientes a un tercio de la masa patrimonial. Es decir, el testador, mediante el oportuno testamento, además de la legítima por partes iguales entre hijos o nietos, mejorará empleando el otro tercio legítimo, distribuyéndolo como desee entre esos beneficiarios. Podría testar todo el tercio a un hijo y nada a los demás, o distribuirlo a partes iguales.
No hay reglas ni imposiciones legales: el testador puede distribuir como desee el segundo tercio, siempre que lo reparta entre sus hijos o descendientes.
Si una cosa determinada es adjudicada a un hijo y excede en valor de la suma entre la parte de mejora y de la cuota legítima, el hijo debe compensar en metálico a los demás interesados. Si no se mejora en cosa determinada, se realizará con los bienes de la herencia.
El hijo o descendiente mejorado podrá renunciar a la herencia y aceptar la mejora.
Como vemos, la mejora es una potestad del testador que le permite beneficiar de forma particular a uno o varios de sus hijos, sin que los demás puedan oponerse.
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David Fernández García, es abogado especialista en Herencias con número colegiado ICAM: 104099.
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