Reclamación de la legítima
Si ha recibido menos de lo que la ley reserva a los herederos forzosos, o le han dejado fuera del testamento. En Derecho común, dos tercios del caudal para los hijos (artículos 806 y siguientes del Código Civil).
Antes de tramitar una herencia hay que decidir qué hacer con ella. Analizamos su situación, le exponemos los riesgos que tiene delante y las opciones reales de las que dispone. Si hay acuerdo, tramitamos. Si hay conflicto, negociamos o litigamos.
Cada situación tiene un camino distinto. Estos son los que dirigimos de principio a fin.
I · Conflicto
Reparto bloqueado, un coheredero en la vivienda, legítimas discutidas, donaciones en vida o un testamento que se puede impugnar.
En reclamaciones de cuantía relevante, posibilidad de honorarios vinculados al resultado.
Desbloquear la herencia
II · Patrimonio
Sociedades, varios inmuebles e inversiones. Antes de aceptar o partir hay que decidir el reparto y su coste fiscal.
Dirigir la herencia
III · Internacional
Ley aplicable, Certificado Sucesorio Europeo e impuestos en más de un Estado, coordinados desde Madrid.
Herencias internacionales
Si ha recibido menos de lo que la ley reserva a los herederos forzosos, o le han dejado fuera del testamento. En Derecho común, dos tercios del caudal para los hijos (artículos 806 y siguientes del Código Civil).
Falta de capacidad del testador, voluntad captada, defecto de forma o preterición. Se gana con historia clínica y pericial, no con sospechas.
Vendemos el piso o la casa heredada con todos los herederos de acuerdo, o le sacamos del proindiviso cuando no lo están. El artículo 400 del Código Civil permite pedir la división en cualquier momento.
Decidir en vida cómo se reparte: mejora a un hijo, protección del cónyuge, hijo con discapacidad, empresa familiar o desheredación con causa. El testamento estándar de notaría no cubre estos casos.
La primera decisión y la única irrevocable. Beneficio de inventario cuando hay deudas, repudiación en forma y los treinta días del art. 1005 corriendo.
Cuando el caudal es relevante o hay bienes en varias comunidades o países: inventario, valoración, planificación fiscal y escritura de partición. El plazo del Impuesto de Sucesiones es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis si se solicita dentro de los cinco primeros.
Algunas herencias exigen además un tratamiento propio por el tipo de bien: criptomonedas y criptoactivos, obras de arte y joyas, o localización de bienes que no aparecen.
Asumimos herencias con conflicto entre herederos, patrimonio relevante o bienes fuera de España. Si su herencia es de bajo valor y todos los herederos están de acuerdo, una notaría o una gestoría le resultará más económica.
Antes de aceptar un reparto o iniciar un procedimiento conviene saber qué derechos tiene y qué está realmente en juego.
Testamento, bienes, donaciones previas y plazos que ya corren. Le decimos qué posición tiene.
Qué puede reclamar, qué riesgos asume y qué coste tiene cada vía, por escrito y antes de empezar.
Proponemos el reparto a los demás herederos. Muchas herencias se cierran aquí, ante notario.
Si no hay acuerdo: división judicial, reclamación de la legítima o impugnación del testamento.
Cada asunto lo dirige personalmente David Fernández García, de principio a fin.

Despacho especializado en derecho sucesorio. Es el eje de nuestro trabajo y la materia en la que dirigimos los asuntos de principio a fin, desde la decisión inicial hasta la escritura o la sentencia.
Los asuntos de sucesiones los dirige personalmente David Fernández García, colegiado n.º 104099 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, en ejercicio desde 2012.
Valoración media 5,0 en Google Verificar en Google →
Un abogado de herencias, además de tramitar todo el proceso sucesorio, por mucho que pueda complicarse, intermedia entre las partes para llegar a un acuerdo, y defiende en los juzgados —y fuera de ellos— a sus clientes y sus derechos, para conseguir lo que en buena ley les pertenece.
Fijamos el presupuesto por escrito tras estudiar el asunto, en función de lo que está en juego, la composición de la herencia y si hay acuerdo u oposición entre herederos. En casos seleccionados trabajamos a éxito: una cantidad fija mínima y un porcentaje de lo que se recupere.
Un proceso sucesorio bien gestionado es aquel que logra los mejores resultados para su cliente, incluida la mejor gestión fiscal y un acuerdo satisfactorio con los demás herederos.
Si la herencia está bloqueada, hay desacuerdo entre herederos, el patrimonio es relevante (empresa familiar, varios inmuebles, inversiones) o hay bienes o herederos fuera de España, sí: es el tipo de asunto que dirigimos de principio a fin, judicial o extrajudicialmente. Si su herencia es sencilla y hay acuerdo, se lo diremos con franqueza.
Depende del caso. Estudiamos cada asunto antes de decidirlo, porque en un encargo a éxito el riesgo lo asume el despacho. El pacto cubre nuestros honorarios; los gastos de procurador, peritos y una eventual condena en costas corren por cuenta del cliente.
Las consultas con las que más nos llaman, resueltas extensamente.

Cómo se reclaman cuando reducen lo que le corresponde.

Cuando uno bloquea, hay salida y no siempre es el juzgado.

Cuándo la desheredación es válida y cuándo se puede tumbar.

Salir del proindiviso sin esperar a que todos cedan.

Qué ley se aplica y qué es el Certificado Sucesorio Europeo.

La reducción del 95 % (99 % en Madrid) y sus requisitos.
Le diremos si podemos asumirlo, qué vía vemos y qué plazos corren.