¿Qué hacer si un coheredero se niega a firmar la partición?

Cuando uno de los herederos se niega en rotundo a firmar la partición, complica al máximo el proceso. Por ejemplo, impide el reparto de los bienes, además de crear las consabidas tensiones familiares que pueden dar paso a proceso legales interminables
En este artículo analizamos posibles vías de solución ante las situaciones de bloqueo sucesorio.
1. Acercamiento para comprender las razones del bloqueo
En numerosas ocasiones, la negativa a continuar con el trámite sucesorio se reducen a cuestiones emocionales. Otras a cuestiones económicas: no estar de acuerdo con el reparto o con la valoración de los bienes. Por último, la tercera cuestión es la relativa a venganzas personales dentro de la familia. Una de estas razones siempre sobrevuela el bloqueo. Por ello, es aconsejable el acercamiento para poder poner soluciones al bloqueo.
2. Negociación amistosa
Aclaradas las razones, y siendo complicada la solución directa, es preciso acudir a abogados especializados en procesos sucesorios que puedan acercar posturas y mediar entre las partes, tratando de encontrar soluciones amistosas que compensen a las partes, aunque no sea plenamente, buscando la mejor opción.
3. Nombrar un contador-partidor dativo
El artículo 1057 del Código Civil nos indica que en los casos en los que no exista testamento el Secretario judicial o el Notario, a petición de herederos y legatarios que representen, al menos, el 50 por 100 del haber hereditario, y con citación de los demás interesados, podrá nombrar un contador-partidor dativo, según las reglas que la Ley de Enjuiciamiento Civil y del Notariado.
4. Solicitar la partición judicial
En caso de que el coheredero continúe oponiéndose y no se logre un acuerdo, cualquier interesado puede acudir a los tribunales para solicitar la partición judicial de la herencia. Este proceso implica:
- Presentar una demanda de división de herencia ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente.
- Aportar documentación, como el testamento, el certificado de defunción, el inventario de bienes y derechos, y los datos sobre la negativa del coheredero.
- El juez, una vez admitida la demanda, nombrará un contador-partidor y, si es necesario, un perito para tasar los bienes.
5. Considerar la venta de la herencia indivisa
Si el bien en disputa es un inmueble y la negativa del coheredero está relacionada con su uso exclusivo, una opción es vender la herencia indivisa. Según el artículo 400 del Código Civil, ningún copropietario está obligado a permanecer en la comunidad. Se puede iniciar un procedimiento para forzar la división del bien común, que puede culminar en una subasta judicial.
6. Actuar ante la paralización del proceso
Si el coheredero utiliza tácticas dilatorias o ignora las comunicaciones, es posible requerir su intervención formal a través de un notario o por vía judicial, dejando constancia de su inacción. Esta estrategia puede ser útil para demostrar su actitud obstruccionista en el procedimiento judicial. Así viene regulado en el artículo 790 y siguientes de la LEC.
7. Costes y consecuencias
El heredero díscolo se enfrenta a costes importantes que pueden minorar su parte de la herencia, como honorarios abogado y procurador, contador y peritos, etc.
Contar con el asesoramiento de un abogado especializado es esencial para garantizar el cumplimiento de los derechos de todos los herederos y lograr una partición justa y eficiente. En DF Abogados somos abogados especialistas en derecho sucesorio y en buscar la mejor solución para su caso. Contacte sin compromiso con nosotros al teléfono 644990984.