Causas desheredar
Nuestro Código Civil nos indica varias causas que impiden que una persona herede los bienes de otra, incluso aunque consten en el testamento como herederos..
Así, una de las prohibiciones se refiere al sacerdote que asiste al testador en su última enfermedad -la que deriva en el fallecimiento- y a los familiares de este. En la misma línea, tampoco podrán heredar los cuidadores o miembros de la entidad de internamiento sanitario, el notario del testamento y sus familiares
Tampoco podrán heredar los tutores y curadores del fallecido, salvo que se extinguiera tal condición al realizar el testamento, o esta figura coincidiera con otro derecho como el de parentesco.
Dentro de las causas de indignidad se encuentran (Art. 756 C.C🙂 :
En este caso, el testador debe especificar en el testamento su voluntad de desheredar y manifestar una de las anteriores causas. Es el desheredado el que debe probar en contrario los hechos. Habitualmente, estos casos acaban en los tribunales si se trata de cuantías elevadas.
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David Fernández García, es abogado especialista en Herencias con número colegiado ICAM: 104099.
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