¿Qué funciones tiene el albacea en una herencia?

¿Qué funciones tiene el albacea en una herencia?

Como nos explica el artículo 902 del Código Civil, el Albacea tiene las siguientes funciones:

  1. Disponer que se dé funeral al fallecido, pagando los gastos con cargo a la masa hereditaria, vendiendo los inmuebles necesarios, o a los herederos en su defecto. Debe hacerlo de acuerdo a lo dispuesto en el testamento o a la costumbre.
  2. Acordar con los herederos el pago de los legados en metálico y efectuar el desembolso.
  3. Supervisar y ejecutar lo ordenado en el testamento.
  4. Defender la validez del testamento que le consta como último y voluntario
  5. Conservar y custodiar los bienes para su protección.
  6. Los albaceas deberán dar cuenta de su encargo a los herederos.

El albacea tiene el plazo, prorrogable, de un año para cumplir con su cometido, contando desde su aceptación en el cargo o desde la sentencia firme de validez del testamento.

El albacea no puede cobrar por su tarea, salvo autorización expresa testamentaria.

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David Fernández García, es abogado especialista en Herencias con número colegiado ICAM: 104099.

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