Concepto: herencia legítima

Concepto: herencia legítima

La herencia legítima se refiere a la porción de la herencia de una persona que está legalmente reservada para ciertos herederos, conocidos como herederos forzosos o legítimos. Este concepto se basa en la idea de proteger los derechos sucesorios de ciertos familiares cercanos y garantizar una distribución justa de los bienes del fallecido.

El sistema de herencia legítima en España se rige principalmente por las normativas establecidas en el Código Civil. Los herederos forzosos son los descendientes (hijos y nietos), o los ascendientes (padres). El cónyuge del fallecido tiene derecho al usufructo de parte de los bienes del fallecido. La proporción específica que corresponde a cada heredero forzoso puede variar dependiendo de la situación familiar y la existencia de otros parientes.

En términos generales, el Código Civil establece que los hijos tienen derecho a dos tercios de la herencia: un tercio de legítima y otro tercio de mejora que se puede dividir entre los herederos forzosos como desee el testador. Si alguno de los hijos ha fallecido, sus descendientes (los nietos) heredarán su porción en representación. El tercio restante se reserva para libre disposición, sin limitación legal de destinatarios.

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David Fernández García, es abogado especialista en Herencias con número colegiado ICAM: 104099.

 

 

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