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Para profesionales

Notarías, asesorías fiscales, banca privada, gestores patrimoniales y despachos extranjeros: cuando una herencia necesita dirección jurídica, nos ocupamos de ella y respetamos su relación con el cliente.

Dirige: David Fernández GarcíaColegiado: ICAM n.º 104099, en ejercicio desde 2012Ámbito: Madrid, toda España y bienes en el extranjero

Derivación

Qué asuntos nos puede derivar

  • Herencias bloqueadas

    Un coheredero no firma la partición, ocupa un inmueble o impide la venta. Ver división judicial de herencia.

  • Legítimas y donaciones discutidas

    Reclamación o defensa de la legítima, desheredaciones y donaciones en vida que reducen lo que corresponde a un heredero. Ver reclamación de la legítima.

  • Testamentos impugnables

    Falta de capacidad del testador, voluntad captada o defectos de forma. Ver impugnación de testamento.

  • Empresa familiar y patrimonio relevante

    Sociedades, varios inmuebles e inversiones que exigen decidir el reparto antes de tramitar. Ver herencias de alto patrimonio.

  • Sucesiones internacionales

    Bienes o herederos fuera de España, ley aplicable y Certificado Sucesorio Europeo. Ver herencias internacionales.

Coordinación

Cómo trabajamos con usted

  • Su relación con el cliente se mantiene

    Intervenimos en la parte jurídica y contenciosa. Con autorización del cliente, le mantenemos informado de la evolución del asunto.

  • Coordinación con su trabajo

    Nos coordinamos con la parte fiscal, notarial o patrimonial que usted ya lleve, sin duplicar actuaciones.

  • Valoración rápida

    Le damos una primera valoración del asunto con rapidez para que pueda orientar a su cliente.

¿Tiene un asunto que derivar?

Llame o escriba indicando el tipo de asunto y si hay conflicto entre herederos. Si no podemos atenderle al momento, le devolvemos la llamada.