Cómo cobrar una herencia: guía rápida.

Cómo cobrar una herencia: guía rápida.

Aunque es farragoso y a veces lento, el proceso de cobro de herencia, es decir, el cambio de posición patrimonial por el que el heredero sustituye al fallecido se basa en los siguientes pasos:

  1. Obtén el Certificado de Defunción: Este documento es necesario e imprescindible para iniciar cualquier trámite relacionado con la herencia.
  2. Solicita el Certificado de Actos de Última Voluntad: Este certificado se obtiene en el Registro de Actos de Última Voluntad y confirma si el fallecido otorgó testamento, indica cuál es el último válido y ante qué notario lo hizo.
  3. Localiza el Testamento: Una vez sabido que existe y su ubicación, es necesario pedirlo al notario que lo otorgó. No vale la copia que conservaba el fallecido, sino que lo tiene que certificar el notario.
  4. Tramita el Certificado de seguros de vida: Es necesario para conocer si el fallecido tenía seguros de vida y de cobertura del entierro.
  5. Realiza el Inventario de bienes y deudas: Es fundamental hacer un inventario detallado de los bienes y deudas del fallecido. Para ello es preciso solicitar certificado de posiciones bancarias a los bancos con los que trabajaba el fallecido. Si se desconocen estos, se puede solicitar la lista a la Agencia Tributaria.
  6. Presenta la Declaración de herederos o el Testamento ante Notario: Una vez que hayas recopilado toda la documentación necesaria, deberás acudir a un notario para presentar la declaración de herederos abintestato (en caso de no haber testamento) o el testamento, junto con el inventario de bienes y deudas.
  7. Pago de Impuestos: Las herencias están sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Dependiendo del valor de la herencia y del grado de parentesco entre el fallecido y los herederos, se aplicarán diferentes tipos impositivos. Es importante liquidar este impuesto dentro del plazo establecido por la ley para evitar posibles sanciones. En concreto, se dispone de 6 meses tras el fallecimiento, ampliable a 6 meses más bajo petición. Además hay que liquidar la plusvalía municipal en el ayuntamiento correspondiente a la población en la que se ubica la vivienda.
  8. Aceptar o renunciar a la herencia: Una vez que se hayan completado todos los trámites anteriores, los herederos tendrán la opción de aceptar o renunciar a la herencia. Ambas decisiones tienen consecuencias fiscales y legales. Si se prevé que el saldo de la herencia es negativa, se puede aceptar a beneficio de inventario.
  9. Realizar la distribución de bienes: El albacea o la persona encargada, como por ejemplo el abogado o la testamentaria, procederán al reparto de los bienes del difunto según el testamento o según la ley.
  10. Tramita la Inscripción en el Registro de la Propiedad: Si la herencia incluye propiedades inmuebles, será necesario inscribirlas en el Registro de la Propiedad a nombre de los nuevos propietarios.

Estos son los 10 pasos básicos de toda herencia que incluya propiedades inmobiliarias. Se puede complicar más o menos dependiendo del número de propiedades y sus características, la relación entre herederos y el número de ellos, y si todos ellos colaboran sin bloquear la herencia. Asimismo hay otros trámites como el cambio de suministros, realización de la declaración de IRPF del heredero, etc.

Si desea que Herencias.es tramite su herencia consulte a nuestro departamento de gestoría de herencias. Somos abogados de Madrid especialistas en herencias.

 

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