Soluciones a las disputas hereditarias entre hermanos
La disputa entre hermanos por la distribución de una herencia es un tema que no está libre de polémicas que en ocasiones acaba en enfados irreconciliables. De ahí el dicho de “a los hermanos se les conoce en la herencia”.
En caso de sucesión intestada, es decir, cuando el fallecido no deja un testamento, o el último no es válido, se pueden producir graves disputas entre los herederos. En este caso es necesario acudir a las normas legales: en nuestro país el Código Civil. Puede ocurrir que no se cubran satisfactoriamente los deseos de todos los hermanos, hijos del causante. Debemos recordar que en el orden de sucesión intestada establecido en el Código Civil, los hermanos ocupan el cuarto lugar, después de los descendientes, ascendientes y cónyuge viudo.
Otro posible punto de fricción es el relativo a la distribución específica de los bienes o partición, ya que si el testamento no es claro en este sentido, será necesaria una negociación para repartir los bienes. Entran en este ámbito aspectos económicos de valoración de activos y aspectos sentimentales sobre propiedades especiales para alguno o para todos los herederos.
La legítima y la mejora, e impugnaciones
Los hermanos, junto con los ascendientes y descendientes, tienen derecho a la legítima, una porción indisponible de la herencia. La legítima se calcula sobre la base del caudal relicto, que comprende la totalidad de los bienes y derechos del causante. Por otra parte, el causante puede mejorar a uno o varios de sus hijos mediante la disposición testamentaria de una porción mayor de la herencia, sin que ello afecte la legítima de los demás.
Si un hermano ha recibido bienes de la herencia a los que no tenía derecho, los demás hermanos pueden interponer una acción de reintegro para que se restituyan los bienes a la masa hereditaria.
Además, hay que considerar los casos en los que cabe sospecha de que el testamento haya sido redactado bajo coacción, influencia indebida o si no refleja la verdadera intención del difunto, lo que solo se solucionaría con una impugnación del testamento.
Como soluciones a las controversias, además de la judicial propiamente dicha, existen dos:
- Mediación: La mediación es un método alternativo de resolución de conflictos que puede ser útil para alcanzar un acuerdo entre los hermanos sin necesidad de acudir a los tribunales.
- Arbitraje: El arbitraje es un procedimiento de resolución de conflictos en el que las partes delegan la decisión a un árbitro imparcial.
Terminología jurídica utilizada:
- Vocación hereditaria: aptitud legal para ser heredero.
- Legítima: porción indisponible de la herencia.
- Mejora: disposición testamentaria que beneficia a uno o varios herederos con una porción mayor de la herencia.
- Impugnación de testamento: acción judicial para invalidar un testamento.
- Partición de la herencia: acto por el que se divide el caudal relicto entre los herederos.
- Acción de reintegro: acción judicial para que se restituyan bienes a la masa hereditaria.
- Mediación: método alternativo de resolución de conflictos.
- Arbitraje: procedimiento de resolución de conflictos en el que las partes delegan la decisión a un árbitro imparcial.
Este artículo tiene únicamente fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Se recomienda consultar con un abogado para obtener asesoramiento específico sobre su caso. Puede confiar en Herencias.es, abogados de herencias y con amplia experiencia en derecho sucesorio. Póngase en contacto con nosotros y le asesoraremos en cualquier trámite de herencias que necesite, así como la confección de su testamento para que su voluntad quede protegida y sea eficaz para sus herederos, evitando posibles problemas y disputas.
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David Fernández García, es abogado especialista en Herencias con número colegiado ICAM: 104099.