Pagar el Impuesto de Sucesiones en Madrid

Pagar el Impuesto de Sucesiones en Madrid

¿Qué es el Impuesto de Sucesiones?

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un tributo que grava la transmisión de bienes y derechos por herencia.

En la Comunidad de Madrid, este impuesto está bonificado en un 99% para los siguientes grupos:

Grupo I: Incluye descendientes (hijos, nietos…) y adoptados menores de veintiún años.
Grupo II: Incluye descendientes (hijos, nietos…) y adoptados de veintiuno o más años cónyuge, ascendiente (padres, abuelos…) y adoptantes.

Existe un bonificación del 25% para hermanos, sobrinos, tíos.

¿Cómo se calcula el Impuesto de Sucesiones?

Para calcular el impuesto, se deben seguir estos pasos:

  1. Valorar los bienes y derechos heredados.
  2. Aplicar la reducciones por parentesco, vivienda habitual, empresa y discapacidad.
  3. Calcular la cuota tributaria.
  4. Aplicar las bonificaciones correspondientes.

¿Cuándo se paga el Impuesto de Sucesiones?

El plazo para pagar el Impuesto de Sucesiones es de seis meses a partir del fallecimiento del causante. Permite solicitar prórroga de otros 6 meses.

¿Cuánto se paga por el Impuesto de Sucesiones en Madrid?

Puedes obtener información completa en nuestro artículo sobre el tema.

¿Dónde se paga el Impuesto de Sucesiones?

Se puede liquidar por Internet vía página Web o en las oficinas de la Dirección General de Tributos, Pº del General Martínez Campos, nº 30. (Horario de lunes a viernes no festivos de 08:30 h. a 14:30) o en las oficinas Liquidadoras del Distrito Hipotecario de Madrid.

¿Qué documentación se necesita para pagar el Impuesto de Sucesiones?

Para pagar el Impuesto de Sucesiones, se necesita la siguiente documentación:

  • El certificado de defunción del causante.
  • El testamento, si lo hay.
  • Relación de bienes y derechos heredados.
  • El justificante del pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del último año del causante.
  • Justificación de las bonificaciones del Impuesto de Sucesiones en Madrid
  • Escritura de aceptación de la herencia o documento privado
  • Escrituras de los inmuebles y documentación de los vehículos

En Herencias.es podemos tramitar y presentar el pago del impuesto de Sucesiones por usted, así como reunir la documentación necesaria y realizar el inventario adecuado a los bienes del fallecido, aplicando de forma convenientes las reducciones y bonificaciones para que el impacto fiscal sea el mínimo posible. Concierte una entrevista con nosotros al teléfono 644 99 09 84 o rellene nuestro formulario.

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David Fernández es es el director del despacho especializado en Herencias, DF Abogados, Colegiado ICAM 104099.

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