Cómo pedir el Certificado de Actos de Última Voluntad
Después de obtener el Certificado de defunción, el paso siguiente es el de la obtención del Certificado de Actos de Última Voluntad, vulgarmente llamado Certificado de últimas voluntades. Este documento será imprescindible para, bien acceder a los deseos testamentarios del fallecido, bien para realizar una declaración de herederos.
El Certificado de Actos de Última Voluntad persigue cuatro finalidades:
- Averiguar si existe un testamento otorgado por el difunto
- Determinar cuál es el último testamento válido
- Poder localizar dicho testamento: notaría depositaria
- Obtener una copia del testamento que inicie el proceso sucesorio
Por consiguiente, se trata de un documento de alto valor para la herencia.
¿Cómo conseguir el Certificado de Actos de Última Voluntad?
- Presencialmente: Se puede solicitar en persona en la Oficina Central de Atención al Ciudadano sita en Calle de la Bolsa, 8, 28012 Madrid
Teléfono: 918 37 22 95. Fuera de Madrid se puede acudir a las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. - Mediante correo postal: Solicitando en el Registro General de Actos de Última Voluntad. Ministerio de Justicia. Plaza Jacinto Benavente, 3, 28012 Madrid.
- Por Internet de forma telemática, accediendo a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
Requisitos:
Se debe solicitar trascurridos 15 días del fallecimiento. Si la petición se realiza con anterioridad, no será iniciada administrativamente hasta transcurrido dicho plazo.
Presencialmente o por vía postal es necesario aportar el Certificado Literal de Defunción y el Justificante de que se ha abonado el importe de la tasa que corresponde al certificado de últimas voluntades.
Si es vía Internet, es necesario contar con el DNI del fallecido preferentemente, o con sus datos personales. Además debe pagarse la tasa en vigor correspondiente. Actualmente de 3.86 euros. Como requisito previo se deberá contar con DNI electrónico, Certificado electrónico, o Clave Pin.
Una vez emitido, se podrá descargar aportando el número de solicitud obtenido en la petición, por lo que es importante conservarlo.
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David Fernández García, es abogado especialista en Herencias con número colegiado ICAM: 104099.