¿Herencia o donación en vida? Ventajas y límites

Por David Fernández García, abogado · Colegiado n.º 104099 del ICAM
·
Donar en vida o esperar a la herencia es una de las decisiones de planificación que más se consultan, y casi siempre se plantea solo desde los impuestos. Los impuestos importan, pero no son lo único: una donación es, en general, irrevocable, cuenta para las legítimas de los demás hijos y puede generar conflictos que el donante ya no estará para resolver.
Lo que conviene saber de la donación
- Es irrevocable, salvo causas tasadas: ingratitud del donatario, incumplimiento de cargas o, en ciertos casos, que al donante le sobrevengan hijos (arts. 644 a 648 del Código Civil). Quien dona pierde el bien.
- Se puede donar reservándose el usufructo, de modo que el donante siga viviendo en la casa o cobrando las rentas. El donante debe conservar en todo caso lo necesario para vivir (art. 634 CC).
- Cuenta para la legítima. Al fallecer, el valor de lo donado se suma al caudal para calcular las legítimas (art. 818 CC). Si la donación excede de lo que se podía dar, es inoficiosa y los demás hijos pueden pedir que se reduzca. Ver donaciones que perjudican la legítima.
- Entre hijos, se colaciona. Salvo que el donante lo dispense expresamente, lo donado a un hijo se descuenta de su parte en la herencia (arts. 1035 y 1036 CC). Ver donaciones colacionables.
Los impuestos, con números de Madrid
- Donación o herencia para el que recibe: en la Comunidad de Madrid, padres, hijos y cónyuges aplican una bonificación del 99 % tanto en donaciones como en sucesiones. En donaciones se exige escritura pública y, si se dona dinero, que conste su origen y el medio de pago.
- IRPF del que dona: aquí está la gran diferencia. Si se dona un inmueble que ha subido de valor desde su compra, el donante tributa por esa ganancia en su IRPF. Si el mismo inmueble se transmite por herencia, esa ganancia no tributa: es la llamada plusvalía del muerto (art. 33.3.b de la Ley del IRPF).
- Plusvalía municipal: en la donación la paga el donatario; en la herencia, los herederos. En las herencias, el Ayuntamiento de Madrid aplica una bonificación a familiares directos; en las donaciones hay que comprobar la ordenanza de cada municipio.
Por eso, donar un piso comprado hace décadas puede salir caro en IRPF, mientras que donar dinero no tiene ese coste.
Cuándo suele tener sentido cada opción
La donación encaja cuando un hijo necesita ayuda ahora, por ejemplo para comprar vivienda, o cuando se quiere ordenar en vida la sucesión de una empresa familiar. La herencia, con un buen testamento, encaja cuando se quiere conservar el control y la flexibilidad hasta el final. Lo que más conflictos genera es donar a un hijo sin dejar claro en el testamento cómo se compensa a los demás.
Más sobre testamento y planificación
- ¿Es necesario hacer testamento?
- Herencia de la empresa familiar
- Ocho errores frecuentes en un testamento
Antes de donar, conviene hacer los números y redactar a la vez el testamento. Vea nuestro servicio de testamento y planificación o pida cita en el 911 295 448.
Texto revisado por David Fernández García, abogado del ICAM (n.º 104099), en octubre de 2026. Información general que no sustituye al estudio de un caso concreto.







