Gastos de una herencia

Gastos de una herencia

A la hora de plantearnos si aceptar o no una herencia, más allá del vínculo afectivo que nos une al fallecido y a los elementos de su masa patrimonial, debemos conocer de antemano los gastos que implica su gestión, y sobre todo, los impuestos.

En este artículo explicaremos los diferentes elementos que pueden suponer una carga económica para los herederos.

 

Impuestos

Empezamos por lo más gravoso. Principalmente debemos liquidar dos impuestos, el de sucesiones que grava el patrimonio transmitido en su totalidad, y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, IIVTNU, vulgarmente conocido como plusvalías.

El primero, el de Sucesiones, varía dependiendo de la Comunidad Autónoma. Tomando como ejemplo una herencia tipo en Madrid de unos 400.000 euros, puede suponer de cuota tributaria 80.000 euros. Pero en el caso de ascendientes y descendientes, se reduce al 1%de esa cantidad vía bonificaciones y reducciones. Es decir, unos 800 euros.

El IIVTNU, que como hemos dicho grave inmuebles, y más concretamente el terreno, para un valor catastral de terreno de 130.000 y habiendo pasado 30 años desde su adquisición, la cuota resultante sería de 22.000 euros en Madrid. Para ascendientes, descendientes, cónyuge/pareja de hecho, gozaría en ese tramo, de un 70% de bonificación, quedando en 6.600 euros.

 

Abogado y notario

Un abogado de herencias cobra en función, primero de la complejidad de la gestión de la herencia, y en segundo lugar, en función de la valoración de la masa hereditaria, ya que cuanto mayor sea esta, más responsabilidad asume.

Una herencia media de 400.000 euros, pacífica, cuyos herederos son hijos, con usufructo del cónyuge superviviente, puede suponer entre 2000 y 3000 euros. A partir de ahí, según aumentan las complicaciones (falta de acuerdo entre herederos, bloqueos de herencia, herederos en paradero desconocido, herencia por sobrinos o no familiares, etc.) los honorarios del letrado pueden subir sensiblemente.

El notario por su parte, puede cobrar de media de 1000 a 2000 euros para una herencia normal con viudo e hijos, de un valor de 400.000 euros, por ejemplo.

 

Otros gastos

Existen otros gastos menores, como el Registro de la Propiedad en caso de inmuebles, que supone para un piso medio entre 500 y 1000 euros.

Otros gastos, como la declaración de herederos en caso de no existir testamento, puede suponer unos 500 euros, la transferencia de vehículos, que suma menos de 100 euros por unidad, gastos bancarios de testamentaria, entre 200 y 300 euros por entidad, certificados legales como el de ultimas voluntades y de seguros, unos 8 euros entre los dos.

 

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