Herencia en parejas no matrimoniales

Por David Fernández García, abogado · Colegiado n.º 104099 del ICAM
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En el Código Civil, la pareja de hecho no es heredera. Ni tiene legítima ni hereda si no hay testamento, por muchos años que haya durado la convivencia. Es una de las sorpresas más duras tras un fallecimiento, y casi siempre se habría evitado con un testamento.
Qué derechos tiene la pareja sin testamento
En derecho común, ninguno en la herencia: los herederos serán los hijos, en su defecto los padres y, después, los hermanos y sobrinos. La pareja solo conserva lo que ya era suyo:
- Su parte de los bienes comprados a nombre de los dos.
- Su parte de las cuentas que sean realmente comunes. Que la cuenta esté a nombre de los dos no basta: hay que poder acreditar qué aportó cada uno.
- En algunos casos, el derecho a seguir en la vivienda alquilada (art. 16 de la Ley de Arrendamientos Urbanos) y, si se cumplen los requisitos, la pensión de viudedad.
Algunas comunidades con derecho civil propio, como Cataluña, Navarra, País Vasco, Galicia, Baleares o Aragón, reconocen derechos sucesorios a las parejas en determinadas condiciones. En Madrid rige el Código Civil.
Qué se puede hacer con testamento
- Si no hay hijos ni padres, se puede dejar todo a la pareja.
- Si hay hijos, la pareja puede recibir el tercio de libre disposición. Los otros dos tercios son de los hijos.
- Se pueden ordenar legados concretos, por ejemplo la vivienda o su usufructo, siempre que se respeten las legítimas.
Impuestos: la ventaja de inscribirse en Madrid
La normativa fiscal de la Comunidad de Madrid asimila a los cónyuges las parejas que cumplan los requisitos de la Ley 11/2001 de Uniones de Hecho, que exige su inscripción en el registro, de modo que pueden aplicar la bonificación del 99 %. Sin inscripción, la pareja tributa como un extraño, con reducciones mínimas y un impuesto mucho más alto. La inscripción no da derechos hereditarios, pero sí ese tratamiento fiscal.
El conflicto típico
Fallece uno de los dos, no hay testamento y los hijos de una relación anterior heredan. La pareja vive en una casa que, total o parcialmente, ya no es suya. Si la casa era de los dos, hay que fijar qué parte es de cada uno y empieza una comunidad con los hijos del fallecido. Ver heredero que no quiere vender la casa.
Si la pareja se rompe en vida no hay divorcio, pero puede haber que repartir los bienes comunes y fijar la custodia de los hijos.
Quién hereda: otras situaciones
Para parejas no casadas, el testamento no es opcional. Le ayudamos a prepararlo en nuestro servicio de testamentos. Escríbanos o llame al 911 295 448.
Texto revisado por David Fernández García, abogado del ICAM (n.º 104099), en octubre de 2026. Información general que no sustituye al estudio de un caso concreto.







